Comienza regir en Los Ángeles nueva ordenanza municipal de Medio Ambiente

Comienza regir en Los Ángeles nueva ordenanza municipal de Medio Ambiente

Los Ángeles, 7 de Junio de 2016; En el marco de la celebración del día mundial del Medio Ambiente,  este martes 7 de junio la Municipalidad de Los Ángeles realizó el lanzamiento oficial de su nueva ordenanza ambiental que regirá en toda la comuna, en la cual se tratan diferentes temáticas de relevancia que se detallan a continuación:

  • Frente al plan de descontaminación que actualmente se trabaja para implementar, se estableció que queda prohibida la venta de leña en la vía pública y que no se autorizará la venta de ésta en calidad ambulante. Asimismo queda prohibida la circulación de vehículos de carga transportando leña que no cuente con autorización respectiva.
  • La nueva ordenanza estableció además que todo dueño o arredantario de un inmueble, deberá mantener aseadas sus veredas, bandejones o bermas, en todo el frente del predio y que todo los sitios baldíos o eriazos, de propiedad privada, deberán contar con un cierre perimetral no inferior a 2 metros.
  • Queda estrictamente prohibida extraer, talar, anillar, pintar, dañar corteza, colocar clavos, alambre o cualquier elemento extraño a un árbol que se encuentre en la vía pública.
  • Será obligación de los poseedores de animales domésticos asegurar su permanencia al interior de los recintos particulares, evitando que escapen hacia espacios públicos.
  • Se prohíbe a todos los poseedores de animales domésticos, especialmente perros, que los dejen circular libremente por la vía pública. Sólo podrán hacerlo en compañía de sus dueños y refrenados por un sistema seguro de sujeción.
  • Se crea el “Registro único Municipal de Tenencia Responsable de Mascotas” bajo la responsabilidad de la Municipalidad a través de la dirección de Medio Ambiente.

SUSTITUCIÓN DE BOLSAS PLÁSTICAS

La nueva ordenanza indica que el control de las bolsas plásticas se desarrollará mediante una “Estrategia de Substitución” siendo de carácter gradual y progresivo otorgando un plazo de 19 meses  para que todo comercio se adhiera de forma voluntaria. Las etapas son las siguientes.

  • Etapa 1: 07 de junio de 2016 al 30 de septiembre de 2016:
    Campaña de difusión en toda la comuna y entrega inicial de bolsas reutilizables al público
  • Etapa 2: 01 de octubre de 2016 al 28 de febrero de 2017:
    Queda establecida la entrega de 5 bolsas como máximo por cada compra efectuada en la comuna
  • Etapa 3: 01 de marzo de 2017 al 31 de julio de 2017:
    Queda establecida la entrega de 3 bolsas como máximo por cada compra efectuada en la comuna.
  • Etapa 4: 01 de agosto de 2017 al 31 de diciembre:
    Queda establecida la entrega de 1 bolsa como máximo por cada compra efectuada en la comuna
  • Etapa 5: 01 de enero de 2018:
    En esta etapa no se entregarán bolsas plásticas en toda la comuna.

LAS MULTAS

Las infracciones a la presente Ordenanza serán sancionadas con una multa entre 0.5 U.T.M. a 5 U.T.M. según lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

ORDENANZA

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