Pensión Garantizada Universal

  • El Instituto de Previsión Social, IPS, habilitó una consulta en el sitio www.chileatiende.cl y el Call Center 101.
  • Quienes reciben beneficios del Pilar Solidario, ya sea la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez, no deben hacer ningún trámite. Sus beneficios serán reemplazados por la PGU.
En el sitio www.chileatiende.cl, las personas pueden acceder a una consulta que les indicará si ya tienen asignado el beneficio por pertenecer al Pilar Solidario o si cumplen con las condiciones iniciales para solicitarlo, entre otras posibles respuestas. En caso de cumplir las condiciones básicas para solicitar el beneficio, desde la misma consulta se derivará a las personas al formulario de solicitud en línea, el cual requiere ClaveÚnica. Esa solicitud se evaluará internamente para revisar si se cumple la totalidad de los requisitos.
Además, está habilitado el Call Center 101 para consultas y también se entrega orientación a través de las redes sociales ChileAtiende.

Personas que reciben beneficios del Pilar Solidario

Las personas que hoy tengan la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez no deberán hacer ningún trámite, porque se incrementarán los montos de esos beneficios, al ser reemplazados por la Pensión Garantizada Universal de $185.000. Esos incrementos los recibirán de manera automática, desde el 18 de febrero, mediante la misma forma de pago que tienen actualmente para sus beneficios del IPS. En el caso de las personas que reciben el pago del Aporte Previsional Solidario de Vejez a través de una AFP o Compañía de Seguros, recibirán su beneficio PGU mediante las modalidades de cobro que ya tengan con esas instituciones.
Las personas cuyo Aporte Previsional Solidario de Vejez sea mayor que la PGU, es decir, por sobre los $ 185.000, mantendrán su beneficio actual, sujeto a un análisis posterior por parte del IPS.

Principales requisitos

En esta etapa, las principales condiciones para acceder a la Pensión Garantizada Universal son tener 65 años o más y cumplir los mismos requisitos del Pilar Solidario, que beneficia a personas del 60% más vulnerable.
Desde agosto, podrán acceder las personas de 65 y más años hasta el 90% de menores ingresos. En esos casos, quienes cumplan con los requisitos y tengan una pensión base de más de 630 mil pesos y menor a 1 millón de pesos, podrán acceder a una parte del monto de la Pensión Garantizada Universal, la que se irá reduciendo de acuerdo con la pensión base percibida.
No se consideran para el beneficio de la PGU las pensiones de Dipreca y Capredena.
Los requisitos detallados de la PGU se pueden consultar aquí.
Si deseas consultar directamente por la PGU, ingresa aquí.

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